Argentina: Noticias del Ministerio de Defensa

FerTrucco

Colaborador
En estos momentos, el Jefe de Gabinete de Ministros está haciendo la presentación prevista por la Constitución en la Cámara de Diputados. La dinámica incluye preguntas que cada bloque le envía, y las respuestas van por escrito (luego va el JGM al Congreso). Para temas de Defensa, hay algunas perlitas (el documento tiene más de mil páginas, por lo que puedo estar un rato buceando):

Frente de Izquierda
CASCOS AZULES
Minustah
El 1° de junio se van a cumplir 12 años desde que se tomó la decisión que tropas argentinas participen en un operativo de invasión sobre la República de Haití. Se presenta como parte de una resolución de la ONU (Minustah) pero obedece directamente a las órdenes del gobierno imperialista de los EEUU de Norteamérica que impulsó un golpe en este país hermano del Caribe y luego usa como ‘carne de cañón’ a las fuerzas armadas de los países latinoamericanos. ¿No cree necesario retirar esas tropas que se han transformado en un ejército de ocupación permanente sobre la soberanía del pueblo de Haití?
RESPUESTA
La Argentina ha participado en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH) desde su creación por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en 2004. Hasta 2014 esa participación incluyó el despliegue de tropas argentinas en el territorio del estado caribeño. En octubre de 2014 el mandato de la MINUSTAH fue modificado y el número de efectivos reducido. Por ello, la Argentina decidió replegar su contingente militar, quedando únicamente un componente policial de 6 efectivos y un Hospital Militar Reubicable. En este sentido, cabe destacar que Argentina ha mantenido el compromiso asumido con la MINUSTAH con el objetivo de garantizar una transición política ordenada en Haití. Asimismo, nuestro país presta asistencia humanitaria y cooperación bilateral a Haití a fin de ayudar al desarrollo económico y social de su pueblo (por ejemplo, a través del Programa PROHUERTA).

Frente Para la Victoria
PLATAFORMA CONTINENTAL ARGENTINA
Informes Varios
La Comisión de Límites de la Plataforma Continental (Clpc) -un grupo de expertos internacionales que funciona en las Naciones Unidas- adoptó por consenso las recomendaciones sobre una presentación argentina realizada en 2009, sobre el límite exterior de su plataforma continental. La resolución supone en los hechos que la Argentina agrandará un 35% su plataforma marítima, es decir 1,7 millón de kilómetros cuadrados hasta el límite del tramo que comprende al área en litigio correspondiente a las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, otorgando exclusividad argentina en lo que respecta a los derechos sobre el fondo
marino, sobre nódulos minerales, sobre vida silvestre y todo lo que haya en el subsuelo.
En lo relativo a este logro de la diplomacia y la ciencia argentina se solicita al Jefe de Gabinete de Ministros especifique (hay varias consultas, pero una en particular referida a Defensa):
c) Dado que el reconocimiento de la ONU a la extensión de la Plataforma Continental Argentina en algunos casos llega hasta las 350 millas, ¿Cuáles son las medidas en materia de vigilancia y control marítimo que pretende impulsar el gobierno y con qué medios piensa realizarlo? En este sentido, ¿Piensa utilizar la capacidad instalada en el Complejo Industrial Naval Argentino u o en el Astillero
Río Santiago para la construcción de unidades navales de patrullaje?
RESPUESTA
c) En primer lugar corresponde aclarar que la recomendación de la ONU, en estos momentos está siendo estudiada y verificada por las autoridades de Cancillería. Asimismo, el Ministerio de Seguridad a través de la Subsecretaría de Políticas de Seguridad e Intervención Territorial ha impulsado, una reevaluación de los sistemas de información, de gestión de las comunicaciones, de vigilancia, con aprovechamiento de las tecnologías de información, a los efectos de ejercer debidamente el control de policía que se encuentra a cargo de la Prefectura Naval Argentina.
A los efectos de realizar el control y patrullaje de la zona en cuestión, la Prefectura cuenta con siete Guardacostas de gran porte, un avión Beechcraft patrullero marítimo, dos aviones CASA C-212 patrullero marítimo, tres helicópteros Dauphin y un helicóptero pesado tipo S.A.R.; actualmente en uso.
Además desde el Servicio de Tráfico Marítimo ubicado en el edificio Guardacostas, se realiza un ploteo permanente mediante los sistemas de posicionamiento automáticos en tiempo real de todos los buques argentinos y extranjeros que navegan por la zona.
La Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN) que fue aprobada mediante el Decreto N° 2645 del 30 de diciembre de 2014 y publicada en el Boletín Oficial el 19 de enero de 2015, debería haber dado inicio al Segundo Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional (Decreto N° 1729/2007), hecho que no se verifico durante el año 2015. Luego de revisada la DPDN y que se actualicen los documentos del Nivel Estratégico Militar, se podrá disponer de los elementos de juicio necesarios para definir las medidas en materia de vigilancia y control marítimo que requiere la Defensa Nacional y los medios necesarios para cumplir la misión.
En relación a ello, el CINAR (Complejo Naval Industrial Argentino) se encuentra en condiciones de construir unidades navales de patrullaje, previa transferencia tecnológica.

(sigue)
 

FerTrucco

Colaborador
(cont.)

DECRETO 228/2016 – EMERGENCIA DE SEGURIDAD PÚBLICA
Sírvase informar:
El recientemente promulgado Decreto 228/2016 “Emergencia de Seguridad Pública”, entre otras medidas, establece como autoridad de aplicación de las Reglas De Protección Aeroespacial (RPA) al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas; el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina; y el Comandante Operacional de las Fuerzas Armadas. Dentro de esas Reglas De Protección Aeroespacial (RPA) se contempla la autorización del uso de la fuerza por medios del Sistema de Defensa Aeroespacial para el derribo y/o destrucción de vectores incursores “declarados hostiles”.
a) En este sentido, solicitamos al Jefe de Gabinete que brinde una respuesta exhaustiva: ¿Hasta qué punto este decreto no resulta violatorio de la Ley de Defensa Nacional y la Ley de Seguridad Interior? ¿El gobierno nacional planea proponer una modificación de alguna de estas leyes?
RESPUESTA
En primer término se deja constancia que de ningún modo el Decreto N° 228/2016 resulta violatorio de la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y la Ley de Defensa Nacional N° 23.554.
La autorización de uso de la fuerza por parte de medios del Sistema de Defensa Aeroespacial, para ser empleados con el objeto de neutralizar vectores incursores que estuvieran realizando actividades ilícitas o delictivas en el marco de la “Emergencia de Seguridad Pública”, resulta amparada por la Ley de Seguridad Interior, en tanto las fuerzas armadas sean empleadas en el restablecimiento de la seguridad interior dentro del territorio nacional, en aquellos casos excepcionales en que el Sistema de Seguridad Interior descrito en la referida Ley resulte insuficiente a criterio del Presidente de la Nación para resguardar la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional, conforme lo establecen los artículos 2° y 31° de la Ley de Seguridad Interior.
Por otra parte, no contradice ningún artículo de la Ley de Defensa Nacional, ni tampoco de la Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas, que en su artículo 3° establece: “Las misiones de las Fuerzas Armadas, en el marco planteado por las leyes 23.554 de Defensa Nacional y 24.059 de Seguridad Interior, deben ser fijadas por los organismos competentes que establecen estas
leyes” y en su artículo 6°: “La reestructuración considerará el empleo del instrumento militar propio en los siguientes escenarios:
Operaciones convencionales en defensa de los intereses vitales de la Nación;
Operaciones en el marco de las Naciones Unidas;
Operaciones en apoyo de la seguridad, encuadradas en la ley 24.059;
Operaciones en apoyo a la comunidad nacional o de países amigos.”
Asimismo la Ley N° 26.102 de creación de la Policía de Seguridad Aeroportuaria establece en su artículo 91° que: “Las misiones y funciones asignadas por la Ley 21.521 del 7 de febrero 1977, a la Policía Aeronáutica Nacional y que no hayan sido asignadas por la presente ley a la Policía de Seguridad Aeroportuaria, serán ejercidas por la Fuerza Aérea Argentina. En tal sentido, queda como
responsabilidad de dicha fuerza todo lo atinente, a la vigilancia y control del espacio aéreo en materia de defensa nacional”.
El Código Aeronáutico Argentino vigente instituido por Ley N° 17.285, establece en su artículo 7° que “Cuando se considere comprometida la Defensa Nacional, el Poder Ejecutivo podrá prohibir o restringir la Circulación Aérea sobre el Territorio Argentino”, mientras en su artículo 8° establece que “La actividad aérea en determinadas Zonas del Territorio Argentino, puede ser prohibida o restringida por razones de Defensa Nacional, Interés Público o Seguridad de Vuelo”.
Más allá de lo expresado por las Leyes mencionadas, el criterio de utilización de radares de detección y seguimiento de vectores incursores y de aeronaves interceptoras, diseñadas para disuadir o accionar contra agresiones de origen externo de acuerdo con el artículo 2° de la Ley de Defensa Nacional, tienen en este caso un uso dual. Lo más importante es que se ha utilizado esta metodología en nueve oportunidades anteriores, situación que no fue de conocimiento público en razón de ser materializada mediante decretos de carácter secreto (Decreto N° 1345/05, Decreto N° 912/06, Decreto N° 1052/08, Decreto N° 1134/09, Decreto N° 621/10, Decreto N° 1103/12, Decreto N° 971/12, Decreto N° 1842/10, Decreto N° 2415/14), razón por la cual no fueron cuestionados en aquella oportunidad.

(sigue)
 

FerTrucco

Colaborador
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REEMPLAZO CAZA INTERCEPTORA
Negociación
En el marco de la operación para el reemplazo de la Aviación de Combate de la FUERZA AEREA ARGENTINA, dicha fuerza recibió propuestas por parte del Ejército del Aire del Reino de España, así como también por parte de la Israel Industrial Aerospace (IAI). Y según trascendidos periodísticas, el PEN se encontraba en condiciones de suscribir un contrato con la empresa israelí, por los aviones Kfir.
En función de lo anterior, sírvase informar:
a) Estado de las negociaciones con los diferentes países y/o empresas.
b) Fecha aproximada de suscripción de un convenio por el reemplazo referido.
c) Definición por parte de PEN de la opción de avión caza interceptor que reemplazará al Mirage.
RESPUESTA
La Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN) que fue aprobada mediante el Decreto N° 2645 del 30 de diciembre de 2014 y publicada en el Boletín Oficial el 19 de enero de 2015, debería haber dado inicio al Segundo Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional (Decreto N° 1729/2007), hecho que no se verifico durante el año 2015. Luego de revisada la DPDN y que se actualicen los documentos del Nivel Estratégico Militar, se podrá disponer de los elementos de juicio necesarios para definir las características técnicas del caza polivalente que requiere la Defensa Nacional.

(sigue)
 
c) Dado que el reconocimiento de la ONU a la extensión de la Plataforma Continental Argentina en algunos casos llega hasta las 350 millas, ¿Cuáles son las medidas en materia de vigilancia y control marítimo que pretende impulsar el gobierno y con qué medios piensa realizarlo? En este sentido, ¿Piensa utilizar la capacidad instalada en el Complejo Industrial Naval Argentino u o en el Astillero
Río Santiago para la construcción de unidades navales de patrullaje?

Me perdonen, pero estos tipos del bloque opositor no tienen cara ....

Saludos
 

FerTrucco

Colaborador
(cont.)

200) FABRICACIONES MILITARES
Producción e Insumos
En función de los despidos acaecidos durante los meses de enero y febrero, y según la información de que esto afecto el programa de producción de vagones con destino al Belgrano Cargas y la producción de chalecos, sírvase informar:
a) Si se continuará con la producción de Vagones y Chalecos en la órbita de Fabricaciones Militares.
b) En caso afirmativo, nivel de producción se prevé para el año 2016.
c) Empleados involucrados en la mencionada producción.
d) Motivos de los despidos ya realizados en Fabricaciones Militares, y si prevén realizar más.
RESPUESTA
a) Es de destacar que a la fecha, no se registra producción de vagones, motivo por el cual se prevé dar inicio a la producción de los mismos. Asimismo, se informa que se dará continuidad a la producción de chalecos.
b) Se prevé para este año una producción de 69.000 chalecos. Asimismo, se encuentra en gestión la posibilidad de apertura de una nueva planta, la cual permitiría quintuplicar la producción.
c) El personal afectado a la producción de chalecos es de 60 personas.
d) El personal que ha quedado cesante no cumplía funciones relacionadas con los procesos productivos del organismo, y sí estaban abocados a un sistema de servicios de comunicación audiovisual, y de propaganda que se había montado por parte de la anterior administración. Asimismo, se registraron ineficiencias en las áreas de control de almacenes, incumplimiento de las políticas de seguridad industrial y administrativas e irregularidades en los procesos de compras y contrataciones.

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EMPLEO PÚBLICO
Desvinculaciones en Fabricaciones Militares
Que brinde información precisa y detallada sobre los recientes despidos producidos en la Dirección General de Fabricaciones Militares (DGFM) y el impacto de éstos sobre la continuidad de proyectos productivos en el sector ferroviario:
a) Informe la cantidad de personal despedido en DGFM, las áreas en las que éste personal cumplía funciones y los motivos por los que fueron cesanteados.
b) Informe el grado de avance en que se encontraban las diferentes líneas de producción de vagones de carga.
c) Informe los compromisos contractuales existentes con Ferrocarriles Argentinos, Belgrano Cargas o cualquier otra empresa u organismo con relación a los vagones de carga en cuestión.
d) Informe el impacto que el despido de numerosos profesionales involucrados en estos proyectos tendrá en la materialización de los mismos en los tiempos y formas originariamente previstos.
e) Informe el impacto económico y financiero de esta medida en términos de efectos sobre presupuesto del sector Defensa y del Estado (en términos consolidados), sobre el comercio exterior (en términos de sustitución de importaciones) y sobre redes de proveedores (ante la eventual interrupción de estas líneas productivas).
RESPUESTA
a) Personal cesanteado 137. Mayoritariamente el personal cumplía funciones en las áreas de comunicación, diseño y nuevas tecnologías, así como también del área de Planeamiento.
b) El grado de avance se informa en el punto c).
c) Convenio específico entre Belgrano Cargas S.A. y la DGFM para la fabricación de vagones suscripto el 02/07/2015. Objeto: fabricación de 15 vagones Tolva Granero de Trocha, y 100 vagones plataforma multitrocha. De los 15 vagones Tolva: 5 tolva terminados y 2 tolva terminados en un 90%. De los 100 vagones plataforma aún no se han entregado ni terminado ninguno. Tienen un avance de 60% en su producción.
No hubo rescisión de contratos de personal afectado a la producción de vagones en Fabrica Militar Rio Tercero.
d) El personal cesante no se encontraba abocado a tareas relacionadas con los procesos productivos del organismo y sí se encontraban afectadas a servicios de comunicación audiovisual y de propaganda de la administración anterior.
e) La demanda presupuestaria correspondiente a esta dotación de personal ascendía a la suma de $5.400.000 mensuales.

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ACUERDOS CON EEUU
Operaciones Conjuntas
El Departamento de Defensa de los EEUU invitó a la Argentina a participar del Programa de Asociación de Estado para la Cooperación con la Guardia Nacional (The National Guard State Partnership Program). Dicho programa vincula una serie de intercambios con la Guardia Nacional estadounidense de algún Estado de los compone este país. Las Guardia Nacional son Fuerzas de Reservas Militares
de cada Estado, su comandante en Jefe es el Gobernador de cada Estado y puede usar sus tropas para reestablecer el orden público y apoyar a la policía contra la delincuencia. Considerando que en la Republica Argentina, la Ley 24.059 de Seguridad Interior prohíbe la participación de las FFAA en seguridad interior
a) ¿Participara la República Argentina de este Programa?
b) ¿En caso afirmativo, ¿ese intercambio se hará con personal militar o de FFSS?
RESPUESTA
a) La agenda de colaboración fue formulada en absoluta concordancia con la política de defensa de nuestro país y en el marco del cumplimiento del orden jurídico interno. En tal sentido, y con respecto a la Defensa, el trabajo a desarrollarse en el proceso abierto se orienta a “El mantenimiento de la Paz, la preparación y respuesta ante desastres naturales y la cooperación en defensa del
hemisferio”. En virtud de ello, dicha participación se definirá en el marco de los encuentros bilaterales a desarrollarse a partir de mayo de 2016.
b) Condicionado a los acuerdos específicos a alcanzarse en las reuniones bilaterales en el marco anteriormente descripto, la Jurisdicción Defensa sólo puede disponer la participación de personal militar.
 
c) Definición por parte de PEN de la opción de avión caza interceptor que reemplazará al Mirage.
RESPUESTA
La Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN) que fue aprobada mediante el Decreto N° 2645 del 30 de diciembre de 2014 y publicada en el Boletín Oficial el 19 de enero de 2015, debería haber dado inicio al Segundo Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional (Decreto N° 1729/2007), hecho que no se verifico durante el año 2015. Luego de revisada la DPDN y que se actualicen los documentos del Nivel Estratégico Militar, se podrá disponer de los elementos de juicio necesarios para definir las características técnicas del caza polivalente que requiere la Defensa Nacional.

Esta esta buena, tambien .... en mi Pueblo seria algo asi como .... " los dos le sacaron el cu... a la jeringa " ....

Saludos
 
(cont.)
RESPUESTA
d) El personal que ha quedado cesante no cumplía funciones relacionadas con los procesos productivos del organismo, y sí estaban abocados a un sistema de servicios de comunicación audiovisual, y de propaganda que se había montado por parte de la anterior administración. Asimismo, se registraron ineficiencias en las áreas de control de almacenes, incumplimiento de las políticas de seguridad industrial y administrativas e irregularidades en los procesos de compras y contrataciones.
 

FerTrucco

Colaborador
Esta esta buena, tambien .... en mi Pueblo seria algo asi como .... " los dos le sacaron el cu... a la jeringa " ....

Saludos

Es muy curiosa la pregunta, viniendo del bloque que fue gobierno hasta hace unos meses. La respuesta corta por lo formal. ¿Esperaban que le dijeran: "Mirá, vinieron los gringos y piden 260 palos por unos F-16 medio medio; los rusos nos quieren enchufar los Kfy sea como sea, y los franchutes a lo mejor nos arman un combo de SUE, M2000 y de paso un par de A-69 a buen precio".
De todas formas, lo que está es lo que formalmente responde el PEN.
 

FerTrucco

Colaborador
Rascando algo sobre las Malvinas:

Bloque Compromiso Federal
MALVINAS ARGENTINAS
Fallo de la ONU
En relación a la cuestión de nuestras Islas Malvinas, ¿Qué repercusiones a nivel internacional y multilateral ha tenido el reciente fallo de la ONU, por el cual la Argentina agrandará un 35% su plataforma marítima? Todo ello tras una presentación realizada en 2009, el país sumará 1,7 millón de kilómetros hasta el límite con Malvinas, lo que representa un avance argentino en la disputa con Reino Unido.
RESPUESTA
En primer lugar es necesario aclarar que no se trata de un “fallo de la ONU” como erróneamente ha consignado la prensa, ya que la decisión no fue emitida por un órgano judicial.
Se trata de “Recomendaciones” emitidas por la “Comisión de Límites de la Plataforma Continental”, organismo científico creado por la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (CONVEMAR) de 1982, de la cual tanto la Argentina como el Reino Unido son parte, que funciona en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Esta Comisión está integrada por 21 científicos independientes, elegidos por los Estados Parte en la Convención, con un criterio de representación geográfica equitativa. Este organismo tiene por función analizar los datos que presenten los Estados sobre el límite exterior de su plataforma continental y formular recomendaciones sobre su adecuación o no a las normas establecidas en la Convención. Las recomendaciones no son obligatorias para el Estado ya que, si no estuviera de acuerdo, podría realizar una presentación revisada. Pero son de alguna manera obligatorias para los demás Estados ya que, si el Estado fija el límite exterior de su plataforma continental sobre la base de las recomendaciones, ese límite es definitivo y obligatorio para toda la comunidad internacional.
La Comisión ha reconocido especialmente el valor científico de la Presentación argentina y su carácter de “leading case” dado que es el primer Estado que utiliza con éxito todas las metodologías, criterios y restricciones que brinda la CONVEMAR, combinándolos en las distintas secciones para demarcar su plataforma de la manera más beneficiosa para el país. Ha tenido también mucha repercusión positiva para la Argentina en la prensa extranjera.
La Argentina hizo la presentación del límite exterior de la plataforma continental de todo el territorio argentino: continental, insular y Antártida argentina. En relación a la plataforma continental que presentó la Argentina proveniente de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, tanto la Presentación como la actuación de la Comisión han sido positivas para nuestro país pues la Comisión reconoció la existencia de una disputa de soberanía y por esa razón, en cumplimiento de la CONVEMAR y de su Reglamento, no analizó por el momento el límite en esa zona. En efecto lo postergó hasta tanto se resuelva la controversia. Tampoco analizó el límite de la plataforma continental de las islas presentado ilegítimamente por el Reino Unido sino que, frente la objeción total de la Argentina, postergó el análisis hasta que se resuelva la controversia.
Por otra parte, los datos presentados por la Argentina sobre esa zona así como todo el análisis realizado están depositados en la Secretaría de Naciones Unidas. El mapa de la plataforma continental argentina es el que fue presentado originalmente (2009); con la plataforma continental, insular y antártica. El único efecto de la postergación del análisis de la zona en disputa es que el límite de
esa zona no quedará definitivo y obligatorio para la comunidad internacional hasta tanto no haya una solución de la controversia de soberanía. Por lo demás, al haber reconocido la Comisión la calidad de la Presentación argentina y la adecuada aplicación de las normas existentes en el sector que analizó, se puede presumir igual calidad en la parte no analizada.

(sigue)
 
(cont.)

REEMPLAZO CAZA INTERCEPTORA
Negociación
En el marco de la operación para el reemplazo de la Aviación de Combate de la FUERZA AEREA ARGENTINA, dicha fuerza recibió propuestas por parte del Ejército del Aire del Reino de España, así como también por parte de la Israel Industrial Aerospace (IAI). Y según trascendidos periodísticas, el PEN se encontraba en condiciones de suscribir un contrato con la empresa israelí, por los aviones Kfir.
En función de lo anterior, sírvase informar:
a) Estado de las negociaciones con los diferentes países y/o empresas.
b) Fecha aproximada de suscripción de un convenio por el reemplazo referido.
c) Definición por parte de PEN de la opción de avión caza interceptor que reemplazará al Mirage.
RESPUESTA
La Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN) que fue aprobada mediante el Decreto N° 2645 del 30 de diciembre de 2014 y publicada en el Boletín Oficial el 19 de enero de 2015, debería haber dado inicio al Segundo Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional (Decreto N° 1729/2007), hecho que no se verifico durante el año 2015. Luego de revisada la DPDN y que se actualicen los documentos del Nivel Estratégico Militar, se podrá disponer de los elementos de juicio necesarios para definir las características técnicas del caza polivalente que requiere la Defensa Nacional.

(sigue)

Rescato lo remarcado .... la pregunta apunta a un "caza interceptor" y la respuesta, atinada, hace referencia a un caza polivalente .... thumbb
 
¿Qué cosa? ¿Lo del reemplazo de los deltas? El PEN sacó el manual de Política de Defensa y dijo que hasta que no se terminen de trazar las líneas directrices (que están atrasadas desde el gobierno anterior) no van a poder elegir avión.

Gracias, siempre hay un groso en este Foro...

Para terminar. Definiciones:
PEN????

Trazar las líneas directrices= Los requisitos con los que se quiere el avión????
 

FerTrucco

Colaborador
(sigue)

Bloque Frente Para la Victoria
MALVINAS ARGENTINAS
Secretaría de Asuntos Relativos a Malvinas
Con el objetivo de aumentar la coordinación y potenciar las múltiples acciones desplegadas por el Gobierno Nacional en lo relativo a la Causa Malvinas, el 19 de diciembre de 2013 se decretó la creación de la SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR, jerarquizando así el órgano del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación competente en la materia (Decreto 2250/2013). La Secretaría estableció entre sus objetivos entender en la ejecución de las acciones de carácter bilateral y asistir al Ministro en las negociaciones bilaterales en el área de su competencia; diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de la política exterior en las relaciones con todos los países para la mejor defensa de los derechos e intereses argentinos sobre las Islas Malvinas; entender en la difusión de los derechos soberanos argentinos sobre el archipiélago; entre otros.
El 29 de febrero pasado el nuevo Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 411/2016 por el cual se dispuso el "reordenamiento estratégico en la conformación de los niveles superiores” del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación. En el nuevo organigrama detallado en la norma, se designó al área competente en lo relativo a la Causa Malvinas como “SUBSECRETARÍA DE MALVINAS Y ATLÁNTICO SUR”, lo que representó bajar de rango la otrora Secretaría de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos Circundantes, siendo un gesto alarmante en lo que respecta al compromiso del Estado argentino con el reclamo permanente de soberanía sobre las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur.
En función de lo expuesto, solicitamos al Jefe de Gabinete de Ministros que sirva informar:
1. ¿Cómo fundamenta la decisión del gobierno argentino en bajar de rango el área competente en lo relativo a la Cuestión Malvinas?
2. ¿Cómo queda conformada el área luego de la baja de rango? ¿Todos los trabajadores que integraban el área seguirán desempeñándose en el área? De no ser así ¿Qué cambios hubo en la conformación del equipo destinado a seguir el tema desde la Cancillería?
a. Inacción diplomática ante comunicados británicos
Desde el inicio del gobierno de la Alianza Cambiemos se comenzaron a registrar cambios en la intensidad del reclamo argentino en lo relativo a la Cuestión Malvinas, mostrando una inacción preocupante en lo que hace a los posicionamientos diplomáticos ante declaraciones y gestos del gobierno Británico.
El primer episodio se registró en enero luego del encuentro entre el presidente Macri y el primer ministro de Gran Bretaña, David Cameron. En ese entonces, pese a la postura intransigente explicitada por el líder británico en torno a la disputa de soberanía y de hacer referencia al ilegítimo referéndum llevado a cabo en 2013 por la población implantada en las Islas Malvinas como su principal
argumento, Mauricio Macri se limitó a declarar que "fue una buena reunión constructiva” y que la voluntad del nuevo gobierno argentino era dialogar sobre todos los temas “incluido Malvinas”. Es así como, en la agenda “multidimensional” que la nueva Canciller propone para la relación bilateral entre nuestro país y Gran Bretaña, la cooperación científica, financiera, comercial y en materia de seguridad estarán a la par de la Causa Malvinas.
A mediados de febrero, el ministro de Defensa británico, Michael Fallon, visitó las Islas Malvinas y declaró que “existe una oportunidad real de construir las relaciones positivas entre el Reino Unido, las islas Malvinas y sus vecinos sudamericanos. Espero que aprovechemos esa oportunidad". El funcionario también reiteró que la soberanía de las islas es “inegociable” y que "el derecho de los isleños de decidir su propio futuro fue solucionado hace 30 años y confirmado en el reciente referéndum".
Habiendo transcurrido ya varias semanas desde estos hechos, hasta la fecha no hubo comunicado alguno de parte del Gobierno argentino refutando los argumentos ingleses, cuestionando la intransigencia británica sobre el litigio y exhortando al Reino Unido a que acate lo establecido por las Naciones Unidas y que se siente a la mesa de negociaciones. En función de estos antecedentes
demandamos al Jefe de Gabinete de Ministros que responda:
1. ¿A qué se debe la inacción del órgano competente de la Cancillería Argentina para responder a través de comunicados oficiales las provocaciones británicas en lo relativo a la Cuestión Malvinas? ¿Responde a una falta de capacidades en materia de Recursos Humanos o una acción deliberada que responde a posicionamientos geopolíticos del nuevo gobierno en el que el reclamo de
soberanía por las Islas es factible de ser negociada?
c. En el encuentro con el Primer Ministro Británico, David Cameron, en el foro de Davos ¿la no inclusión del tema de la soberanía de las Islas Malvinas en el temario de los puntos previamente acordados fue una condición de la parte británica o el Estado Argentino consideró que este no era un tema relevante para ser abordado en la reunión?
RESPUESTA
Secretaría de Asuntos Relativos a Malvinas
1. La Cuestión Malvinas es prioritaria para la política exterior del Gobierno Nacional, que persigue el mandato de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
La nueva Subsecretaría de Malvinas y Atlántico Sur tiene mayores competencias, derivadas de una concepción de la disputa de soberanía en el marco más amplio del Atlántico Sur y la Antártida
2. En efecto, no existe una disminución del rango para el tratamiento de la Cuestión Malvinas sino que, por reordenamiento de la estructura orgánico funcional del Ministerio, por Decreto 411/2016 se creó la Subsecretaría de Malvinas y Atlántico Sur dependiente de la Secretaría de Relaciones Exteriores y de la que dependen las cuestiones vinculadas a la posición argentina en defensa
de los derechos soberanos sobre las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur, la plataforma continental, la política exterior antártica y las actividades antárticas.
La nueva estructura permite una coordinación más estrecha, en particular en el relacionamiento bilateral y multilateral con la comunidad internacional y específicamente con los temas vinculados al Atlántico Sur, los antárticos y los
subantárticos.
Conforme a dicha estructura, se designarán titulares de la nueva Subsecretaría de Malvinas y Atlántico Sur y de la nueva Dirección General de Malvinas. Más allá de los reemplazos periódicos, no ha habido ninguna modificación sustancial en el personal que se ocupa de los temas vinculados a la Cuestión Malvinas.
b. Inacción diplomática ante comunicados británicos
Ante el viaje del Secretario de Defensa del Reino Unido, Michael Fallon MP, a las Islas Malvinas en la semana del 15 de febrero, Cancillería se dirigió a la Embajada del Reino Unido recordando que la Argentina, al igual que toda la región, ha rechazado reiteradamente la presencia militar británica en las Islas.
La Cancillería deploró dicho viaje, que no se condice con la aspiración que, confía, es asimismo compartida por el Gobierno del Primer Ministro David Cameron, como surge del encuentro en Davos con el Sr Presidente de la Nación, de trabajar en pos de una más profunda relación bilateral -de cuya agenda forma parte la cuestión de la soberanía sobre las Islas Malvinas-.
La Cancillería manifestó que el viaje del Sr Fallon a las Islas reconfirma la urgente necesidad de que ambos Gobiernos reinicien, a la brevedad, conversaciones sobre todos los aspectos vinculados a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, incluyendo su desmilitarización.
El comunicado de Cancillería del 3 de enero reafirmó la política de Estado sobre los imprescriptibles derechos de soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, así como el objetivo permanente e irrenunciable, inscripto en la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional, de recuperar el ejercicio
pleno de la soberanía sobre dichos territorios y espacios marítimos.
Dicho comunicado renovó el firme compromiso de nuestro país con la solución pacífica de las controversias, el derecho internacional y el multilateralismo e invitó al Reino Unido a reanudar las negociaciones, a través del diálogo, la paz y la diplomacia al que insta la comunidad internacional.
c. En el encuentro con el Primer Ministro Británico, David Cameron, el primer encuentro bilateral a este alto nivel luego de muchos años, el Gobierno nacional reafirmó la posición de la República sobre la Cuestión de las Islas Malvinas.
Como el Gobierno nacional lo ha manifestado públicamente, la Cuestión Malvinas es un tema prioritario para la política exterior argentina, sobre el cual existe un mandato constitucional. Sobre este pilar, el Gobierno también ha expresado públicamente que la Argentina reafirma su plena disposición a generar mecanismos para avanzar en el diálogo sobre las Islas con el Reino Unido. Esto
no impide el reconocimiento de que las relaciones entre el Reino Unido y la Argentina poseen otras diversas áreas en las que hay que trabajar.
 
tanto la Presentación como la actuación de la Comisión han sido positivas para nuestro país pues la Comisión reconoció la existencia de una disputa de soberanía y por esa razón, en cumplimiento de la CONVEMAR y de su Reglamento, no analizó por el momento el límite en esa zona. En efecto lo postergó hasta tanto se resuelva la controversia. Tampoco analizó el límite de la plataforma continental de las islas presentado ilegítimamente por el Reino Unido sino que, frente la objeción total de la Argentina, postergó el análisis hasta que se resuelva la controversia.

Interesante

Saludos
 

FerTrucco

Colaborador
Gracias, siempre hay un groso en este Foro...

Para terminar. Definiciones:
PEN????

Trazar las líneas directrices= Los requisitos con los que se quiere el avión????

Groso no sé. Con unos kilos de más, seguro.
Las Directivas de Política de Defensa están allá arriba en el esquema de planeamiento. Se definen apreciaciones estratégicas, se dan diagnósticos sobre el contexto nacional, regional e internacional, etc. Bajando un poco más, está el instrumento militar, dentro del cual (varios escalones abajo) están incluidos los aviones supersónicos. O sea, primero te ubicás en el mundo (aspecto que excede ampliamente lo militar) y luego vas bajando en la escala hasta saber para qué necesitás un avión de combate, y qué avión es el más conveniente.
 
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