Repito nuevamente el articulo 10 del tratado de 1984 es taxativo, al oriente de dungenes Espiritu Santo a la Argentina le pertenece lecho y subsuelo, al occidente a Chile le pertenece lecho y subsuelo.
Argentina no tiene injerencia en el estrecho de magallanes ya que este empieza al occidente de Dungenes Espiritu Santo, pero al oriente de la boca del estrecho la soberania es Argentina. El estrecho de Magallanes termina o empieza, como quieran decirlo en dungenes Espiritu Santo. Que Argentina deba permitir el paso a todo buque no significa que no pueda explotar territorio propio al oriente de la boca del estrecho, ya que el subsuelo le pertenece.Cuando digo al oriente de la boca del estrecho, estoy diciendo precisamente eso, al oriente de esa linea el estrecho termino, ya no hay mas magallanes, empieza el oceano atlantico, o sea territorio Argentino. Otra cosa que dice el tratado es que el estrecho queda neutralizado a perpetuidad, lo que refuerza lo de la libre circulacion, y habla de aguas jurisdiccionales Argentinas ( por supuesto al oriente de la boca del estrecho) ahi da a entender totalmente que la boca oriental del estrecho termina, repito el estrecho termina, en aguas Argentinas.Esto es importante porque resguarda lo importante para ambos paises, para Argentina las aguas atlanticas al oriente de la boca,para Chile el 100% del estrecho.El que tenga dudas al respecto que vea el mapa de esa zona del instituto geografico militar chileno, el mapa no deja dudas.