Noticias de la Fuerza Aérea Argentina

nico22

Colaborador

MINISTERIO DE DEFENSA​

Decisión Administrativa 458/2024​

DA-2024-458-APN-JGM - Apruébase gasto.​


Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2024
VISTO el Expediente N° EX-2021-105182326-APN-DAM#FAA, y
CONSIDERANDO:
Que la DIRECCIÓN DE ABASTECIMIENTO DE MATERIAL de la FUERZA AÉREA ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-B-BCG entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para el suministro de repuestos para las aeronaves Bell 212, Bell 412 EP y Hughes 500, a través del programa “Foreign Military Sales” (FMS).
Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de la Carta de Solicitud de la AGREGADURÍA AERONÁUTICA a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los artículos de defensa o servicios de defensa establecidos en el documento, con sujeción a las disposiciones de los términos y las condiciones de la citada LOA del caso AR-B-BCG.
Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales), se fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco, la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante el suministro de repuestos para las aeronaves Bell 212, Bell 412 EP y Hughes 500.
Que en el marco de la citada LOA se suscribieron TRES (3) enmiendas, las cuales, al igual que el contrato original, fueron agregadas al expediente citado en el VISTO.
Que el monto estimado original del contrato asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (USD 7.000.000), previéndose un depósito inicial de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS VENTIÚN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES (USD 321.753).
Que la primera enmienda reduce el monto estimado del contrato a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL (USD 5.600.000), con un monto exigible de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS (USD 128.623), en tanto que la segunda enmienda mantiene el monto estimado en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL (USD 5.600.000), no requiriendo monto exigible con la aceptación de la enmienda y la tercer enmienda asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL (USD 8.600.000), no requiriendo monto exigible con la aceptación de la misma.

Que la enmienda 3 que se propicia suscribir aumenta las Líneas 001 y 002 y modifica el código de Plazo de Entrega (DTC) de la Línea 002 de DTC 4 a DTC 5, ampliando el plazo de pagos con el fin de cancelar el saldo para cumplir la LOA.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Planes, Programas y Presupuesto de la FUERZA AÉREA ARGENTINA.
Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el gasto derivado de la Enmienda N° 3 a la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-B-BCG entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA, por el cual se aumentan las Líneas 001 y 002 y se modifica el Código de Plazo de Entrega (DTC) de la Línea 002 de DTC 4 a DTC 5, y ampliando el plazo de pagos con el fin de cancelar el saldo para cumplir la LOA por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL (USD 8.600.000).
ARTÍCULO 2°.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos - Luis Petri
e. 05/06/2024 N° 35717/24 v. 05/06/2024
 

nico22

Colaborador
Nuevo color gris baja visibilidad...
Gusta o no gusta??
Lastima que no hay fotos de la cabina con la aviónica nueva.

 

Artrech

Colaborador
Colaborador
En la nota de la entrega de los Pampa habla de una aeronave nueva y una modernizada. Según tengo entendido el A-711 y A-712 ambas corresponden a aeronaves modernizada, concretamente a los Av-1016 y Av-1017
 
En la nota de la entrega de los Pampa habla de una aeronave nueva y una modernizada. Según tengo entendido el A-711 y A-712 ambas corresponden a aeronaves modernizada, concretamente a los Av-1016 y Av-1017

No, al final no usaron el patrón que venían usando para rematricular a los modernizados. Esto significa que el asignaron la A-712 al nuevo y seguramente le pondrán la A-713 al viejo E-812 por modernizar.
 
La historia de los UAV en Argentina es un deja vu de muchas decisiones tomadas por presiones sectoriales,algo asi como las Actas de Responsabilidad de las FFAA 1/69.
En septiembre de 2015 en el IUA se llevó adelante un simposio de UAV,y la FAA llegó a la conclusion que no se habia avanzado nada,que estabamos en inferioridad de condiciones con respecto a muchos paises de LA,en especial Chile,Brasil,Colombia.
Y la decisision fue que la FAA encararía por si sola el diseño,fabricacion,formacion de pilotos y tecnicos creando una Escuela especifica y aun mucho más,encarar una serie de entrenadores basicos,avanzados y luego UAV/ VANT de empleo operacional
En los años 1016 a 2019 fueron muy promisorios,se vanzó como en ningun otro Sistema de Armas,se le dieron todos los recursos para comprar motores,pilotos automaticos,sensores,sistemas automomos de navegacion,fuí contemporaneo en ese simposion en el IUA,y todo el desarrollo posterior hasta 2019.
Fue ahi cuando desde el EMCFFAA se ordenó no proseguir con estos proyectos que el VIGIA 2B era el de mayor capacidad portante y alcance efectivo,se cancelaron ademas toda la fabricacion de los UAV/VANT de entrenamiento.
La FAA en el año 2016 instaló en la EAM como unidad alojada,la escuela para pilotos de UAV /VAN,y se dictó el COSANT,que es el acronimo del Curso de Operadadores de Sistemas Aereos No Tripulados con la duracion de un año.
En el año 2019 la FAA da definitivamente lugar de despliegue de los UAV/VANT en la BAM Chamical,logrando el pase de todos los alumnos e instructores,lo mismo que los mecanicos,y operando con los antiguos UAV/VANT de adiestramiento Aukan 1 y Aukan 2,Vigia 1.
La decision del EMCFFAA fue que los UAV/VANT tendrian una doctrina conjunta,y que la fabricacion,con diseño,sería propia de INVAP y FAdeA.
A donde estamos hoy? INVAP y FAdeA no diseñaron ni fabricaron nada,absolutamente nada,ni un render hay.
La FAA continua dictando el Curso en la BAM Chamical,y opera con sus propios y antiguos UAV/VANT muchos mejores que el Teuelche.
Conozco a dos pilotos de UAV que pidieron la baja y en la actualidad operan UAV en España en un empresa privada que en invierno participa en la lucha contra los incendios y en el verano operan UAV para control de playas,su adiestramiento fue excelente y de inmediato ocuparon lugares de importancia en las companias.









Evidentemente el EMCFFAA puede tomar decisiones que deberían ser de cada fuerza y su propio JEM. Creí que el EMCFFAA era coordinador de planes, por decirlo de manera sencilla.
 
En Tandil hay 8 Pampa III, en la X van 5, el próximo creo que era para la VI, el A-713
Debería haber en DIL 7 aviones y ahora en GAL 5, si nos guiamos por las matriculas de la serie A-7XX empieza desde la A-701 hasta la A-712 son 12 aviones de "ataque" 7+5 = 12
 
La otra vez pregunté si TODOS los Pampa II que operaron temporalemente en Tandil habían vuelto a Mendoza justamente por un comentario similar. La otra duda que me queda es si los Block 1 fueron convertidos a Block 2 y si no es así ¿hay planes para hacerlo?
 
La otra vez pregunté si TODOS los Pampa II que operaron temporalemente en Tandil habían vuelto a Mendoza justamente por un comentario similar. La otra duda que me queda es si los Block 1 fueron convertidos a Block 2 y si no es así ¿hay planes para hacerlo?
Siendo que la idea de la FAA es llevar a todos los Pampa a III block 2, estimo que eventualmente los block 1 seran llevados a ese estandar, aunque tambien pienso quese ira haciendo en la medida que ingresen en alguna inspeccion importante, no sobran unidades como para pararlas para una modificacion de ese tipo especificamente, ni hablar que la prioridad debe estar en actualizar los Pampa II de la IV Brigada
 

MINISTERIO DE DEFENSA​

Decisión Administrativa 458/2024​

DA-2024-458-APN-JGM - Apruébase gasto.​


Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2024
VISTO el Expediente N° EX-2021-105182326-APN-DAM#FAA, y
CONSIDERANDO:
Que la DIRECCIÓN DE ABASTECIMIENTO DE MATERIAL de la FUERZA AÉREA ARGENTINA solicitó que se lleve a cabo la implementación del contrato LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) AR-B-BCG entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA para el suministro de repuestos para las aeronaves Bell 212, Bell 412 EP y Hughes 500, a través del programa “Foreign Military Sales” (FMS).
Que mediante el mencionado instrumento se expresa que sobre la base de la Carta de Solicitud de la AGREGADURÍA AERONÁUTICA a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en conformidad con la Ley de Control de Exportación de Armas de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el Gobierno de dicho país ofrece vender al Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA (Agregaduría Aeronáutica, sita en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los artículos de defensa o servicios de defensa establecidos en el documento, con sujeción a las disposiciones de los términos y las condiciones de la citada LOA del caso AR-B-BCG.
Que la citada operación, iniciada mediante el sistema de ventas militares para el extranjero Programa FMS (Foreign Military Sales), se fundamenta en que el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA considera que hace a la defensa de la República el mantenimiento de la capacidad operacional de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) con el fin de garantizar la protección del espacio aéreo nacional, por lo que, en dicho marco, la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA) y el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA acordaron un plan para llevar adelante el suministro de repuestos para las aeronaves Bell 212, Bell 412 EP y Hughes 500.
Que en el marco de la citada LOA se suscribieron TRES (3) enmiendas, las cuales, al igual que el contrato original, fueron agregadas al expediente citado en el VISTO.
Que el monto estimado original del contrato asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (USD 7.000.000), previéndose un depósito inicial de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS VENTIÚN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES (USD 321.753).
Que la primera enmienda reduce el monto estimado del contrato a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL (USD 5.600.000), con un monto exigible de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS (USD 128.623), en tanto que la segunda enmienda mantiene el monto estimado en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL (USD 5.600.000), no requiriendo monto exigible con la aceptación de la enmienda y la tercer enmienda asciende a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL (USD 8.600.000), no requiriendo monto exigible con la aceptación de la misma.

Que la enmienda 3 que se propicia suscribir aumenta las Líneas 001 y 002 y modifica el código de Plazo de Entrega (DTC) de la Línea 002 de DTC 4 a DTC 5, ampliando el plazo de pagos con el fin de cancelar el saldo para cumplir la LOA.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Planes, Programas y Presupuesto de la FUERZA AÉREA ARGENTINA.
Que los servicios jurídicos permanentes pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el gasto derivado de la Enmienda N° 3 a la LOA (“Letter of Offer and Acceptance”) denominada AR-B-BCG entre el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA, por el cual se aumentan las Líneas 001 y 002 y se modifica el Código de Plazo de Entrega (DTC) de la Línea 002 de DTC 4 a DTC 5, y ampliando el plazo de pagos con el fin de cancelar el saldo para cumplir la LOA por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL (USD 8.600.000).
ARTÍCULO 2°.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida será imputado a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
Buenísimo....con este programa larga vida a esos tres sistemas de helicópteros
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos - Luis Petri
e. 05/06/2024 N° 35717/24 v. 05/06/2024
 
Siendo que la idea de la FAA es llevar a todos los Pampa a III block 2, estimo que eventualmente los block 1 seran llevados a ese estandar, aunque tambien pienso quese ira haciendo en la medida que ingresen en alguna inspeccion importante, no sobran unidades como para pararlas para una modificacion de ese tipo especificamente, ni hablar que la prioridad debe estar en actualizar los Pampa II de la IV Brigada
En más seguramente los primeros a modernizar y pasar a pampa 3 block 2 serán los pampas 2 que hoy y algunos de ellos hace años que están almacenados y la faa ya los tiene en orden de prioridad uno.
Y no son en su mayoría los de la serie 1 es decir los más viejos en edad y tener en cuenta que hoy casi la.mitad de los pampas 2 hoy están fuera de servicio
 
Arriba