Dejo Articulo de la situacion actual, sobre la presentacion pirata sobre, nuestro territorio.......segun la Foreigm Commnwealth office. Osea Oficial, dejo traduccion sino muy largo.
Link:
http://www.fco.gov.uk/en/advanced-search?post
Sino poner en el buscador de la Fco, Unclos=convemar, hay varios ariculos del tema
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) otorga a todos los Estados ribereños derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación de los recursos naturales de su plataforma continental. La Convención establece que cada Estado ribereño posee, como cuestión de derecho internacional, una plataforma continental que se extiende a 200 millas náuticas de la costa (independientemente de si o no una plataforma continental geológica que existe ahora). Además, el artículo 76 de la Convención establece para los Estados ribereños para tratar de establecer un amplio límite exterior de la plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas, hasta 350 millas náuticas desde su costa, o 100 millas de donde el mar alcanza una profundidad de 2500 metros , y donde existen condiciones geológicas especificadas. Con este fin, el Estado está obligado a presentar pruebas a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLCS), que hará recomendaciones sobre el establecimiento de los límites exteriores de la plataforma continental del Estado.
Todas las áreas restantes de los fondos marinos no están sujetas a la jurisdicción nacional se designaron como para el "beneficio de la humanidad", y regulada por la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos.
El Reino Unido está plenamente comprometido con este proceso a lo dispuesto en el derecho internacional. Éxito confirmará los límites de la jurisdicción del Reino Unido de la plataforma continental, lo que garantiza sus derechos soberanos para la gestión de la plataforma para las futuras generaciones. También ayudará a la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, indicando la zona de los fondos marinos de los que es responsable, y que se define como "patrimonio común de la humanidad".
Un número de otros Estados ribereños también han hecho presentaciones a la CLCS, y esperamos que algunos otros sigan 30-40.
Para más información, incluidos los resúmenes de todas las presentaciones realizadas, se puede encontrar en el CLCS sitio web:
http://www.un.org/depts/los/clcs_new/clcs_home.htm
Detalle de las acciones del Reino Unido
1. Bajo los términos de la Convención, el Reino Unido tiene hasta mayo de 2009 para presentar las reclamaciones de una plataforma continental ampliada a la CLCS.
2. En 2006, el Reino Unido, hizo su primera presentación parcial, junto con Irlanda, Francia y España, en el caso de la plataforma continental en el Mar Cantábrico. Esta presentación está siendo examinado por la CLCS, y esperamos recibir sus recomendaciones pronto.
3. En mayo de 2008, el Reino Unido hizo otra presentación parcial respecto de la plataforma en torno a la isla de Ascensión - este fue presentado oficialmente a la CLCS el 27 de agosto de 2008.
4. También en mayo de 2008, el Reino Unido notificó a la CLCS que no se haga una presentación completa con datos de apoyo para definir un área de plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas de la costa del Territorio Antártico Británico, pero que se reserva el derecho a hacerlo en el futuro.
5. El Reino Unido está considerando la posibilidad de otros dos parciales:
En la zona de Hatton Rockall el NE Atlántico. Discusiones informales se han llevado a cabo con Islandia, Irlanda y Dinamarca (en nombre de las Islas Feroe), todos los cuales afirman que ellos también pueden tener un caso para geológicas una plataforma continental ampliada en la misma zona. No hay acuerdo todavía no se ha alcanzado en cuanto a si será posible trabajar juntos, pero en cualquier caso, el Reino Unido, actuará de conformidad con el plazo de mayo de 2009.
El Reino Unido es actualmente la investigación de su presentación a la Comisión respecto de la plataforma continental alrededor de las
Islas Malvinas y Georgia del Sur. El Reino Unido ha recopilado los datos, pero los planes para la presentación no se han finalizado, y estamos considerando nuestro enfoque a la vista de la fecha límite mayo 2009. El Reino Unido no tiene dudas acerca de su soberanía
uke: sobre las Islas Malvinas y Georgia del Sur -, ni su derecho
uke: a presentar una reclamación para ampliar la plataforma continental. El Reino Unido ha discutido este tema con expertos técnicos y jurídicos de los argentinos AMF en 2001 y 2004, con el fin de hacer una presentación conjunta, sin perjuicio de las reclamaciones de soberanía rival. Sin embargo, a pesar de una propuesta británica para una nueva reunión en 2007, no más reuniones bilaterales que tuvieron lugar.
Algunas reclamaciones del Reino Unido pueden solaparse con las de otros Estados. En los casos en que existe una controversia entre los Estados ribereños en cuestión, el Reglamento de la CLCS exigir a negarse a examinar cualquier petición que pueda perjudicar la delimitación entre ellos sin el consentimiento de los Estados interesados. Idealmente, los Estados interesados de acuerdo sobre un planteamiento común antes de presentar a la Comisión. La mejor solución en estas zonas pueden ser para los Estados interesados a hacer una presentación conjunta, o por lo menos, distintas pero complementarias propuestas. Esto sentaría los límites exteriores de una reclamación, lo que deja los Estados ribereños a establecer fronteras interiores entre sí en una fecha posterior.
Antártida
En la Antártida, el derecho a una plataforma continental ampliada en virtud de la Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar tiene que ser considerado en contra de las disposiciones del Tratado Antártico, que puso todas las reivindicaciones territoriales en suspenso. Reclamante de los siete Estados en la Antártida, Australia hizo una presentación a la Comisión de las Naciones Unidas para los Límites de Plataforma Continental en relación con el Territorio Antártico Australiano en 2004. Australia presentó completo coordenadas de su plataforma continental de margen, pero pidió que la CLCS simplemente almacenar los datos y no consideramos que es (por el Tratado Antártico). En 2006, Nueva Zelanda notificó a la CLCS que no era la presentación de los datos de la plataforma continental en torno a su dependencia de Ross en la Antártida, pero que se reservaba el derecho a hacerlo en el futuro. El Reino Unido siguió el modelo de Nueva Zelanda en mayo de 2008. El Reino Unido espera que los restantes Estados reclamante también siga uno de estos dos enfoques.
El Reino Unido está plenamente comprometido con la defensa de las disposiciones del Tratado Antártico incluido el Protocolo sobre Protección Ambiental y su clara prohibición de las actividades relacionadas con los minerales. El Protocolo Ambiental de la Antártida, acordado en 1991, prohíbe toda actividad relacionada con los minerales, excepto para la investigación científica. Cualquier modificación a esta prohibición tendría que ser acordada por todas las Partes en el Tratado Antártico y en primer lugar, exigir la adopción de un nuevo acuerdo vinculante, de acuerdo entre ellos un medio para determinar si, y en caso afirmativo, en qué condiciones, este tipo de actividades sería aceptable. El Reino Unido está comprometido a respetar la prohibición indefinida y para garantizar los más altos niveles posibles de protección del medio ambiente en la Antártida.
Fuente Fco, pagina al principio
Otro cosa:
[URL=http://img18.imageshack.us/my.php?image=zonawxclusivak.jpg][IMG]http://img18.imageshack.us/img18/5417/zonawxclusivak.jpg[/URL][/IMG]
En esta imagen se ve en lo que se expanderian las 350 millas piratas, pero ahi es lo que no se bien como se arregla(las dos zonas en rojo), ya que tambien creceria por nuestra parte, esa superposicion como quedaria?
Saludos