Iconoclasta
Colaborador
o puede ser:
Ka- GAR
Ka- GAR
O una pesadilla.pulqui dijo:Plantear eso en este momento, no es mas que un sueño.
licastro dijo:Dejenlos que sueñen nomás con la formula KAKA. (más que formula parece asociación ilícita...)
pulqui dijo:Licastro, no hablan de una fórmula K-K, si no K-G o G-K.
pulqui dijo:Perfecto, coincido con vos.
Simplemente que era ese el rumor y no creo que pase más de eso.
pulqui dijo:GARRÉ ORDENÓ RESTRINGIR EL USO DE ARMAS A MILITARES DENUNCIADOS
La ministra de Defensa, Nilda Garré, ordenó a los jefes de las tres Fuerzas Armadas que en el lapso de 30 días adecuen las normas vigentes con el fin de restringir la portación, tenencia y transporte del arma de dotación, al personal militar que haya sido objeto de denuncias, hasta tanto se resuelva su situación judicial o administrativa.
La resolución 208 firmada por Garré menciona entre sus considerandos el hecho de que el Ministerio de Defensa ha recibido “denuncias de mujeres por la violencia ejercida por sus cónyuges o parejas”, y “denuncias contra personal militar (oficiales y suboficiales) por el uso abusivo de armas y violencia interpersonal”; y que en consecuencia “cualquier situación de violencia se ve agravada por la tenencia, portación y traslado de las armas reglamentarias”.
La norma rubricada por la ministra subraya el contenido del Decreto N° 395/75 (Artículo 53, inciso 2°), que establece que la autorización para la adquisición, tenencia y portación de armas por parte de los legítimos usuarios (es decir miembros de las FF.AA., Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina) “será concedida por el Comando General de la Fuerza a la que pertenezca el interesado o del cual dependa el organismo en que reviste, y se fundará en el estudio de los antecedentes personales y militares del peticionante”.
También resalta la resolución mencionada “que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó a los Estados Miembros legistlar adecuadamente sobre la violencia contra la mujer, asegurando que la violencia intrafamiliar causada o tolerada por agentes de Estado sea debidamente investigada, procesada y sancionada”.
Buenos Aires, 4 de marzo 2008
MinDef.