Cicaré S.A.

Mauricio Macri: “El lunes voy a poner en marcha la ampliación de la fábrica de Pirincho Cicaré”

El Presidente y Juliana Awada recibieron a la conductora para una transmisión desde la quinta presidencial; en donde entre todos los temas actuales que se hablaron en la mesa. Y entre otras cosas, el Presidente anunció que este lunes estaría en la ciudad de Saladillo visitando la fábrica de Pirincho Cicare para ayudarlo en la ampliación de la fábrica tal como se lo había prometido en la campaña electoral.

http://www.abcsaladillo.com.ar/sala...rcha-la-ampliacion-la-fabrica-pirincho-cicare


Presentaron un kit para pulverizar desde un helicóptero

Cicaré, que fabrica helicópteros en Saladillo, mostró en la feria un equipo que permite realizar aplicaciones de agroquímicos.


http://www.clarin.com/rural/presentaron-kit-pulverizar-helicoptero_0_rkgWhpFjx.html

 

Grulla

Colaborador
Colaborador
Augusto Cicaré: la historia del emprendedor que hace helicópteros desde Saladillo para el mundo

Creó su primer prototipo a los diecisiete años y hoy exporta a cuatro continentes; además, su entrenador de vuelo es utilizado por fuerzas de seguridad y escuelas de pilotos en todo el mundo; por qué llamó la atención de los presidentes Arturo Illia y Mauricio Macri

http://www.lanacion.com.ar/1984605-...ce-helicopteros-desde-saladillo-para-el-mundo
 

argie

Fernet Lover
Colaborador
LOCALES 21/12/2017
Salomón visitó la Planta de Cicaré Helicópteros
La nueva "nave" próxima a su finalización

El intendente José Luis Salomón, junto a Ignacio Bustingorri y Adrián Filgueira del área de Producción, recorrió la planta y la nueva nave construida recientemente en Cicaré Helicópteros. "Pirincho" y sus tres hijos brindaron detalles del nuevo edificio y de los proyectos de mediano plazo en cuanto hace a la producción de nuevos modelos y ventas realizadas en el país y en el exterior. También al respecto de la nueva construcción que sufre un retraso que calificaron como normal. Faltan finalizar la instalación eléctrica y los cerramientos.













https://www.lasintesis.com.ar/nota-salomon-visito-la-planta-de-cicare-helicopteros-84130


22 diciembre 2017
Salomón visitó la industria Cicaré Helicópteros

El intendente José Luis Salomón, junto a Ignacio Bustingorri y Adrián Filgueira del área de Desarrollo local, visitaron la industria Cicaré con el fin de saludar a Pirincho y a todos los integrantes de la empresa; y recorrer la nueva obra que se está realizando, como así también ver la nueva nave no tripulada que se está fabricando


“Nos pareció oportuno venir por lo importante que es el proyecto que se está llevando a cabo y por lo importante que es la empresa para Saladillo. La obra viene con alguna demora propia de cuestiones coyunturales pero viene muy bien, está en la última etapa”, aseguró Bustingorri

“Estamos trabajando en 4 proyectos nuevos, helicópteros más rápidos y naves no tripuladas, como si fuera un Dron pero más grande. Tengo muchos proyectos en la cabeza y seguiremos trabajando. Le agradezco al Intendente y todo su gabinete por todo el apoyo y a todo el pueblo de Saladillo”, dijo Pirincho a la vez que deseó unas muy felices fiestas para todos.

“Todos sabemos que no fue un año fácil, es muy difícil encontrar un año fácil en Argentina, pero creo que Industria Cicaré este año ha tenido importantes novedades, que se venían esperando desde hace mucho tiempo. Nosotros desde la gestión municipal simplemente lo hemos acompañado”, aseguró Salomón.

http://www.abcsaladillo.com.ar/saladillo/salomon-visito-la-industria-cicare-helicopteros/
 

DSV

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Hoy salió una resolución que beneficia a Cicaré (era una de las empresas que la solicitaba). Nos damos cuenta de que estuvimos décadas poniéndole el freno de mano a esta empresa y a cualquiera que quisiera hacer algo productivo para el país.

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 6-E/2018
Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2018
VISTO el Expediente ANC N° 0047651/2017 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante diversas presentaciones las empresas FLIGHT EXPRESS SOCIEDAD ANÓNIMA, HABOCK AVIATION ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, AERO-LINK SOCIEDAD ANÓNIMA, CICARÉ SOCIEDAD ANÓNIMA, HELICÓPTEROS MARINOS SOCIEDAD ANÓNIMA y HELIFLITE AVIATION SERVICE SOCIEDAD ANÓNIMA, requirieron la intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO (DNTA) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), a efectos que se arbitren los medios tendientes a admitir la “registración provisoria de aeronaves de tipo “Helicópteros”, en cualquiera de sus configuraciones, destinado a transporte no regular de pasajeros y servicios de trabajo aéreo, de menos de SEIS (6) toneladas de peso máximo de despegue, cuando estuvieran sujetas a financiación del exterior”.
Que sobre el particular el Artículo 42 del CÓDIGO AERONÁUTICO realiza una distinción entre las aeronaves con un peso máximo de despegue mayor a SEIS (6) toneladas, de aquéllas con un peso menor. Respecto de las primeras admite su inscripción provisoria, mientras que para las restantes solo en el caso de “la prestación de servicios regulares de transporte aéreo”.
Que, no obstante lo anterior, el Artículo 21 del Decreto N° 4.907 de fecha 21 de mayo de 1973, de pacífica y continua aplicación, establece que “en los casos de los artículos 42 y 43 del Código Aeronáutico, además de la documentación exigida en los dos artículos anteriores, según el carácter del adquirente, se requerirá que del título justificativo de la propiedad surja el cumplimiento de los correspondientes requisitos establecidos en los citados artículos. Cuando se trate de una aeronave de hasta 6 toneladas de peso máximo de despegue autorizado por certificado de aeronavegabilidad, adquirida en esas condiciones, deberá acompañarse, además una certificación que acredite que el adquirente está autorizado para realizar servicios de transporte aéreo”.
Que en tal sentido, del juego armónico de los preceptos en estudio, resulta claro que basta con que la Empresa que pretenda la inscripción registral del equipo aéreo, cuente con la autorización para la prestación de servicios aerocomerciales. Consecuentemente, dicha previsión se encontrará satisfecha con la acreditación de la titularidad del correspondiente CERTIFICADO DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AÉREOS (C.E.S.A.) vigente.
Que tal télesis permite por otra parte, atender adecuadamente al desarrollo de la industria y la actividad aerocomercial de transporte, al posibilitar el financiamiento de los helicópteros menores a SEIS (6) toneladas de peso máximo de despegue, que actualmente representan una inversión significativa, y que incluso ante determinados casos suele ser superior al de las aeronaves de mayor peso o configuración.
Que en tal sentido, consta en las actuaciones citadas en el Visto el consenso unánime de todos los operadores aéreos argentinos de helicópteros al requerir la adopción de la presente medida.
Que inclusive la misma ha resultado acompañada por el único fabricante de helicópteros nacional.
Que por tanto, resulta necesario definir el criterio rector que merece ser aplicado respecto a la preceptiva bajo análisis, en el sentido de permitir la inscripción provisoria respecto a la adquisición de los helicópteros bajo alguna modalidad de financiamiento menores a SEIS (6) toneladas, en miras a no obturar el desarrollo de la industria de fabricación y ensamble argentino de otros modelos de aeronaves menores.
Que, cabe señalar así también que la presente medida cuenta entre sus antecedentes con la Nota ANAC N° 460 de fecha 30 de octubre de 2017, por la cual se determinó que la presente directriz interpretativa no cabía aplicarla respecto a la petición particular de un transportista dado, a efectos de garantizar un adecuado trato igualitario y equitativo entre todos los operadores; sino por el contrario, a través de una medida de alcance general que permita armonizar el tratamiento entre la totalidad de los operadores que podrían, eventualmente, verse alcanzados y favorecidos mediante su adopción.
Que el helicóptero tiene particularidades que hacen necesaria su consideración especial, sin embargo en nuestro país debido a la falta de financiación, el mercado de este tipo de aeronaves no ha crecido de acuerdo a los parámetros mostrados por otros países de la región.
Que la presente posibilitará proceder a matricular helicópteros, menores a SEIS (6) toneladas de peso máximo de despegue, con matrícula nacional, mediante el procedimiento previsto por el Artículo 42 del CÓDIGO AERONÁUTICO, generando fuentes de trabajo dentro del mercado nacional, aplicando la ley y la jurisdicción nacional y ampliando significativamente las distintas fuentes de financiamiento para su adquisición.
Que en tal entendimiento, cabría admitir la matriculación provisoria a nombre del comprador, de una aeronave de menos de SEIS (6) toneladas, adquirida mediante contrato de compraventa sujeto a condición o a crédito u otros contratos celebrados en el extranjero, por los cuales el vendedor se reserva el título de propiedad de la aeronave hasta el pago total del precio de venta o hasta el cumplimiento de la respectiva condición.
Que la norma requiere que el contrato se ajuste a la legislación del país de procedencia de la aeronave y se lo inscriba en el Registro Nacional de Aeronaves; que el contrato se formalice mientras la aeronave no posea matrícula argentina; y, que se cumplan todos los recaudos exigidos por la normativa vigente para ser considerado como propietario de una aeronave argentina.
Que de acuerdo a las peticiones vertidas en las presentes actuaciones por la industria, es unánime el entendimiento sostenido que impulsará el trabajo de ciudadanos argentinos y permitirá la inversión financiada, en aeronaves de avanzada, lo que redundará en operaciones más seguras.
Que por ello corresponde instruir al Departamento Registro Nacional de Aeronaves (DRNA) de la Dirección de Aeronavegabilidad (DA) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ANAC a fin de que proceda a inscribir, conforme lo normado en el Artículo 42 del CÓDIGO AERONÁUTICO, artículos 21 y concordantes del Decreto 4.907/73 y la presente, derechos a favor de un operador de transporte aéreo argentino con CESA vigente, en caso que el tipo de aeronave sea un helicóptero, sin distinción en cuanto al peso máximo de despegue certificado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ANAC ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Instrúyase al Departamento Registro Nacional de Aeronaves (DRNA) de la Dirección de Aeronavegabilidad (DA) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) a inscribir helicópteros menores a SEIS (6) toneladas de peso máximo de despegue, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 42 del CÓDIGO AERONÁUTICO y los artículos 21 y concordantes del Decreto N° 4.907, de fecha 21 de mayo de 1973, siempre que resulten afectados a explotadores nacionales de transporte aéreo con CERTIFICADO DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AÉREOS (C.E.S.A.) vigente.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. — Tomas Insausti.
e. 12/01/2018 N° 1966/18 v. 12/01/2018
Fecha de publicación 12/01/2018
 
La empresa de helicópteros símbolo de Macri y Vidal enfrenta una delicada situación financiera

LPO (La Plata)Había recibido 317.000 dólares del BICE para ampliar la capacidad de producción.

http://www.lapoliticaonline.com/not...l-enfrenta-una-delicada-situacion-financiera/

Nota que es fiel reflejo del periodismo argentino:
"Según pudo saber LPO, Cicaré se tuvo que presentarse ante el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) para renegociar ese préstamo. La información a la que accedió este medio sostiene que no existió cesación de pagos, pero lo que la empresa necesita es volver a negociar las condiciones del crédito."
y mas adelante...
"Ante una consulta de LPO, voceros de la empresa negaron que la empresa atraviese una crisis. Aseguran que no se redujo personal y que no existe ningún tipo de renegociación de la deuda con el organismo de crédito. Aunque admitieron cierta merma de las expectativas de producción que la atribuyen a cuestiones de comercio exterior."
en que quedamos?
 
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