Todo sobre la familia TAM - Tanque Argentino Mediano

Corrección: el intensificador de luz es un medio de visión nocturna totalmente pasivo, ya que amplifica la luz disponible en el ambiente, de fuentes naturales como la luna o las estrellas, o las generadas por los incendios, el fuego de las armas, las luces de los vehículos, etc.
Por lo tanto, no delata la posición del operador, ni es visible con un medio similar utilizado por el enemigo como sí es el caso de los sistemas infrarrojos, los cuales sí son activos, ya que dependen de una fuente de iluminación artificial, básicamente reflectores que emiten luz en el espectro infrarrojo, invisible a simple vista, pero que con un visor IR o un intensificador de luz, incluso con un celular, se observan como un reflector normal.
Quien haya visto a los cazadores de liebres en el campo durante la noche, tendrá una idea de lo poco discreto que es este sistema...
Con respecto a la idea de "tenerlos y no usarlos", como expresé en mi comentario anterior, para sacarle el mejor provecho y generar doctrina de combate nocturno, es necesario entrenar, conocer el material, saber que hacer y que no hacer con el, como utilizarlo y como mantenerlo, evitando romperlo, o no aprovecharlo al máximo.
Más allá de todo esto, de si los equipos están almacenados o es un mito, el PZB 200 hoy día está bastante desfasado, y en todo caso, sería un complemento a una cámara térmica, pero no el sistema principal de combate nocturno. De haberlo tenido montado en los vehículos desde el principio, hubiera suplido una de las principales falencias del TAM, y hubiera sido aún más innovador al entrar en servicio.
@njl56
Hello mí estimado, usted que lo tiene de contacto. Hable con Don Norbert. Que fue él quien señaló el tema de los visores para los conductores de los TAM, guardados en cajones.
 

g lock

Colaborador
@njl56
Hello mí estimado, usted que lo tiene de contacto. Hable con Don Norbert. Que fue él quien señaló el tema de los visores para los conductores de los TAM, guardados en cajones.
Visores para conductor es una cosa, la PZB 200 para el apuntador es otra.
Uno es un episcopio con un intensificador de luz integrado que reemplaza al de visión directa normal para permitir la conducción nocturna del VC, el otro es un intensificador asociado al sistema de puntería del Apuntador.
 
Visores para conductor es una cosa, la PZB 200 para el apuntador es otra.
Uno es un episcopio con un intensificador de luz integrado que reemplaza al de visión directa normal para permitir la conducción nocturna del VC, el otro es un intensificador asociado al sistema de puntería del Apuntador.
Al PZB200 yo nunca lo nombré. Y lo que Don Norbert dijo en su momento, es que los visores para los conductores, estaban guardados en cajas. Y que si no me falla la memoria, en el tablero del conductor hay un enchufe o algo por el estilo para conectar. De mí parte nunca me referí a algo del apuntador.
 

g lock

Colaborador
Al PZB200 yo nunca lo nombré. Y lo que Don Norbert dijo en su momento, es que los visores para los conductores, estaban guardados en cajas. Y que si no me falla la memoria, en el tablero del conductor hay un enchufe o algo por el estilo para conectar. De mí parte nunca me referí a algo del apuntador.

Perdón, pero me confundí con la foto que subiste. Hablaste del Peri del Conductor, pero subiste la de la PZB 200, y ahí arranqué torcido...


Y se le sumó el intensificador que después nunca se puso en serie. Y como señaló don Norbert, en arsenales en cajas cuidadosamente guardadas, están todos los intensificadores de luz, para que el conductor pueda hacerlo de noche...... jamás colocados................ o sea no los ponemos para que no se rompan pero nunca se usan.........
 
Hola tal vez ya hicieron esta pregunta en alguna de las 817 páginas, pero me preguntó si es posible que en mí opinión creo que si, adherir a toda la familia tam tanto los vc cómo los vctp en algún punto del exterior del tanque o Torre un lugar para una o dos municiones merodeadoras o drones de reconocimiento, para dar a la tripulación un panorama más amplio de lo que sucede a los alrededores, en el caso de que se pueda, quien de la tripulación tomaría la responsabilidad de maniobrar dicho drone o munición. Saludos
 
Hola tal vez ya hicieron esta pregunta en alguna de las 817 páginas, pero me preguntó si es posible que en mí opinión creo que si, adherir a toda la familia tam tanto los vc cómo los vctp en algún punto del exterior del tanque o Torre un lugar para una o dos municiones merodeadoras o drones de reconocimiento, para dar a la tripulación un panorama más amplio de lo que sucede a los alrededores, en el caso de que se pueda, quien de la tripulación tomaría la responsabilidad de maniobrar dicho drone o munición. Saludos
El tema no es solo saber que hay...... el tema es que se pueda incorporar elementos para ¨neutralizarlos¨.

Ya hemos visto en la guerra de Ucrania, como esos drones vuelan por encima y pum, suelta la bombita y pega en la parte de arriba de la torreta. La parte más débil de un tanque.

Espero que de ésta guerra se aprendan muchas cosas. A lo mejor llegamos a tener suerte, y algún día asuma una administración que haga bien las cosas.
 
Hola tal vez ya hicieron esta pregunta en alguna de las 817 páginas, pero me preguntó si es posible que en mí opinión creo que si, adherir a toda la familia tam tanto los vc cómo los vctp en algún punto del exterior del tanque o Torre un lugar para una o dos municiones merodeadoras o drones de reconocimiento, para dar a la tripulación un panorama más amplio de lo que sucede a los alrededores, en el caso de que se pueda, quien de la tripulación tomaría la responsabilidad de maniobrar dicho drone o munición. Saludos

Imagino que con los atrasos del TAM 2C buscar instalar drones o similares haria que se atrase o cancele el programa............. pero el VCTP a tener una torre mas pequeño en la parte de atrás tendrías mas espacio.... pero mehos es las versiones sin torre como las de observación de artillería seria mas logico........

Saludos
 
Es lógico que estemos fascinados con los drones, pero no creo conveniente que a todo vehículo lo dotemos de capacidad para llevarlos.
En los grupos de artillería y en las unidades de exploración de una brigada los drones parecen indispensables, pero en tanques no diseñados para ello puede ser complejo y una carga excesiva de trabajo para jefe de carro o artillero, no imagino al cargador operandolos.
Siendo las brigadas unidades de armas combinadas, por lo que los tanques no andan solos, parece conveniente que la munición merodeadora sea de dotación de la infantería blindada, encuadrados en secciones de apoyo, compañías de mortero modificadas, etc. En los tanques futuros la cosa podría cambiar.
 

nico22

Colaborador

EJÉRCITO ARGENTINO​

Licitación Pública 0579/2022​


UOC: 84/129 - Dirección de Arsenales Ejercicio: 2022 Clase: Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente N°: EX-2022-123725111- -APN-DAR#EA Objeto: ADQUISICION DE MANGUERAS SOBRE MOTOR PROYECTO TAM 2C Retiro del Pliego de Bases y Condiciones Lugar y dirección: El pliego se puede adquirir participando del proceso en COMPR.AR. Plazo y horario: De 23/11/2022 10:00:00 a 01/12/2022 09:00:00 Consulta del Pliego de Bases y Condiciones Lugar y dirección: Las consultas, deben efectuarse a través de COMPR.AR. Plazo y horario: Hasta 29/11/2022 09:00:00 Presentación de Ofertas Lugar y dirección: Las ofertas se deberán presentar a través de COMPR.AR utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema. Plazo y horario: Hasta 01/12/2022 09:00:00 Acto de Apertura Lugar y dirección: La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través de COMPR.AR. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente. Plazo y horario: 01/12/2022 09:00:00
e. 24/11/2022 N° 95652/22 v. 25/11/2022

EJÉRCITO ARGENTINO​

Licitación Pública 0577/2022​


UOC: 84/129 - Dirección de Arsenales Ejercicio: 2022 Clase: Única Nacional Modalidad: Sin modalidad Expediente N°: EX-2022-123323684- -APN-DAR#EA Objeto: ADQUISICION DE HERRAMIENTAS ESPECIALES PARA LOTES DE ABORDO PARA VVC TAM 2C - FONDEF Retiro del Pliego de Bases y Condiciones Lugar y dirección: El pliego se puede adquirir participando del proceso en COMPR.AR. Plazo y horario: De 23/11/2022 11:00:00 a 01/12/2022 09:00:00 Consulta del Pliego de Bases y Condiciones Lugar y dirección: Las consultas, deben efectuarse a través de COMPR.AR. Plazo y horario: Hasta 29/11/2022 08:30:00 Presentación de Ofertas Lugar y dirección: Las ofertas se deberán presentar a través de COMPR.AR utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema. Plazo y horario: Hasta 01/12/2022 09:00:00 Acto de Apertura Lugar y dirección: La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través de COMPR.AR. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente. Plazo y horario: 01/12/2022 09:00:00
e. 24/11/2022 N° 95690/22 v. 25/11/2022
 
Es lógico que estemos fascinados con los drones, pero no creo conveniente que a todo vehículo lo dotemos de capacidad para llevarlos.
En los grupos de artillería y en las unidades de exploración de una brigada los drones parecen indispensables, pero en tanques no diseñados para ello puede ser complejo y una carga excesiva de trabajo para jefe de carro o artillero, no imagino al cargador operandolos.
Siendo las brigadas unidades de armas combinadas, por lo que los tanques no andan solos, parece conveniente que la munición merodeadora sea de dotación de la infantería blindada, encuadrados en secciones de apoyo, compañías de mortero modificadas, etc. En los tanques futuros la cosa podría cambiar.

Hoy en día no veo factible que un miembro de la tripulación maneje un dron.
Pero a futuro me parece un concepto que podría ser disruptivo: cata MBT o IFV con su dron listo para hacer exploración día/noche, informar sobre el contexto al jefe de tanque en especial en combate urbano.
Pero para eso se necesita un hombre más.
Muchas veces se habló de que hay países que consideran no migrar a los cargadores automáticos por la necesidad de contar con un cuarto hombre... Bueno, ahí tenemos un trabajo más actual para el 4to hombre. Y los rusos.

Y de mientras, imagino que está exploración se dará a nivel de sub unidad blindada. Pero no me entra en la cabeza mandar blindados sin tener drones destinados a generar información al líder del grupo blindado.

Saludos.
 

nico22

Colaborador

Sera el paso definitivo para que empiecen???​

MINISTERIO DE DEFENSA​

Decisión Administrativa 1299/2022​

DECAD-2022-1299-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 84/77-0169-CDI22.​


Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-104520957-APN-DCYF#EA, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivos modificatorios y normas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa N° 84/77-0169-CDI22 para la adquisición del “SERVICIO DE INTERVENCION DE SETENTA Y UN (71) TORRES DE VEHÍCULOS DE COMBATE DEL EJÉRCITO ARGENTINO”.
Que la Contratación Directa referida precedentemente se encuadra en el artículo 25, inciso d) apartado 8 del Decreto Nº 1023/01 y en el artículo 22 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
Que, en dicho marco, el EJÉRCITO ARGENTINO y la firma IMPSA S.A. celebraron con fecha 4 de noviembre de 2022 el respectivo Contrato Interadministrativo, “ad referendum” de su aprobación por parte del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO (USD 14.496.541).
Que constan en las actuaciones los antecedentes del respaldo crediticio para el presente ejercicio, comunicado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES, PROGRAMAS Y PRESUPUESTO del EJÉRCITO ARGENTINO.
Que habiendo efectuado el análisis administrativo y técnico de la oferta presentada por la mencionada firma, la Unidad Operativa de Compras del EJÉRCITO ARGENTINO recomienda adjudicar el referido procedimiento a la firma comercial IMPSA S.A. por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO (USD 14.496.541) por ajustarse a lo requerido.
Que, en virtud de lo expresado precedentemente, corresponde aprobar la citada Contratación Directa Interadministrativa.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa Interadministrativa N° 84/77-0169-CDI22 para la adquisición de un “SERVICIO DE INTERVENCION DE SETENTA Y UN (71) TORRES DE VEHÍCULOS DE COMBATE DEL EJÉRCITO ARGENTINO”.
ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la referida Contratación Directa Interadministrativa a la firma IMPSA S.A. (CUIT N° 30-50146646-4), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO (USD 14.496.541).
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el Convenio suscripto entre IMPSA S.A. y el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, suscripto “ad-referendum” del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS con fecha 4 de noviembre de 2022, que como ANEXO I (CONVE-2022-118965866-APN-DGID#EA) forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 45- MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 21- ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, de los Ejercicios pertinentes.
ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Dirección de Contaduría y Finanzas del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 6º.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DEL EJÉRCITO ARGENTINO a efectuar la designación de los integrantes de la Comisión de Recepción para el presente procedimiento de selección
ARTÍCULO 7º.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante, respecto de la Contratación Directa que por este acto se adjudica.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Jorge Enrique Taiana
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/12/2022 N° 106887/22 v. 29/12/2022

Fecha de publicación 29/12/2022
 
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