KILLBILL dijo:
Cita las referencias por favor. Quieres decir que esto lo decide una institución con los dineros de la nación, sin previa valoración o aprobación del congreso.
Repito, cita tus referencias legislativas.
Un saludo
Leé mis post anteriores.
Salutti.
P.S. He sido Jefe de Compras y Licitaciones en un par de organismos públicos y conozco el palo.
Lo que estás afirmando no tiene asidero, ya que la aprobación o valoración del Congreso (con mayúscula, please
) viene por la vía del presupuesto.
El Congreso establece líneas políticas (legisla).
El Poder Ejecutivo fija los objetivos (HdC) a cubrir
Las Jurisdicciones (Mindef/EMCO) definen las acciones.
Las fuerzas establecen el requerimiento y el presupuesto asociado.
Las Jurisdicciones (Mindef/EMCO) aprueban la línea de trabajo y solicitan el presupuesto.
El Congreso aprueba el presupuesto.
Las fuerzas/Jurisdiciones en
función del requerimiento aprobado inician la compra (existe una Ley específica -es secreta- que regula las compras secretas y de material militar sensible).
El Régimen que regula el proceso es el que se desprende del Decreto 436/2000.
Acá no importa lo que te parece a vos; importa
LO QUE ES, y es un sistema con múltiples controles cruzados que eliminan los "caprichitos" como los que poseerías vos de
encajarle a una fuerza un equipo que:
1) No se corresponde con sus necesidades de uso o proyección.
2) No se corresponde con sus medios de entrenamiento y mantenimiento.
3) No se corresponde con la estructura de operación vigente.
4) No se corresponde con sus presupuestos de operación.
Salutti.